En los casos de catástrofes naturales, el organismo encargado de indemnizar tanto los daños materiales como personales, es el CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS (clic aquí) perteneciente al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
Lo primero, antes de iniciar ningún trámite o contactar telefónicamente con el Consorcio, es tener a mano los datos de los seguros:
Si se ha perdido la documentación, no pasa nada, tanto las aseguradoras, como los mediadores, guardan digitalmente una copia de todos los contratos de seguro, simplemente sabiendo con qué compañía tiene contratado el seguro e identificándose como tomador, será suficiente.
TELÉFONO DE CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS
habilitado para la gestión de los siniestros relacionados con la DANA
Si usted ha contratado la póliza directamente con una aseguradora, contacte con la aseguradora, aquí dejamos contactos de las principales aseguradoras, clic aquí.
Si usted ha contratado sus seguros con un mediador de seguros profesional, (CORREDOR o AGENTE DE SEGUROS) contacte con él directamente y se encargará de todos los trámites.
Si usted ha contratado sus seguros con una entidad bancaria, acuda a su sucursal o contacte directamente con la compañía, ya que, al no ser un Mediador Profesional, es posible que no puedan prestarle asistencia.
Normalmente, el CONSORCIO le solicitará copia de la póliza y último recibo de pago de la prima, pero nos consta que en este momento se están haciendo los tramites sin necesidad de aportar esta documentación, al margen de que se realicen comprobaciones internas entre Consorcio y Aseguradora. Sí será necesario informar de la COMPAÑÍA y del NÚMERO DE PÓLIZA.
Para iniciar el trámite basta con llamar al TELÉFONO DE CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS habilitado para la gestión de los siniestros relacionados con la DANA 900 222 665 y se darán todas las indicaciones para la tramitación de las indemnizaciones. No hace falta dar parte en la compañía, con hacer el trámite con el CONSORCIO es suficiente.
También se puede hacer la tramitación de forma telemática a través de la web del CONSORCIO de Compensación de Seguros: https://www.consorseguros.es/noticias
Hay que tener en cuenta que se deben tasar los daños. Los peritos de seguros en este momento no pueden abarcar el gran número de siniestros que se están registrando, por lo que es MUY RECOMENDABLE hacer fotos de todos los daños que se pueda, es muy probable que nos las pidan para evitar enviar un perito.
Aquellas personas que no dispongan de seguro deberán estar a las ayudas que se publiquen a través de los ayuntamientos, autonomías o gobierno central. Todas estas ayudas se activarán una vez se declare en Consejo de Ministros Zona Catastrófica o como viene recogido en el Sistema Nacional de Protección Civil “declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil”. “Las ayudas por daños materiales serán compatibles con las que pudieran concederse por otras Administraciones Públicas, o con las indemnizaciones que correspondieran en virtud de pólizas de seguro, sin que en ningún caso el importe global de todas ellas pueda superar el valor del daño producido”.