Sabías que conducir un coche prestado o prestarle el tuyo a alguien, puede acarrear serias responsabilidades:
Según la ley que regula las responsabilidades derivadas de la circulación de vehículos a motor, el propietario del vehículo es el principal responsable de los daños que este pueda causar a terceros, tanto materiales como personales. Al mismo tiempo, el propietario es la persona que está obligada a mantener en vigor el seguro obligatorio del vehículo mientras este esté dado de alta en tráfico. Aunque tengas el coche parado en un garaje o en un taller, el vehículo ha de tener contratado el seguro obligatorio hasta que sea dado de baja definitiva en tráfico.
En ocasiones conducimos coches prestados o prestamos el nuestro sin dar excesiva importancia al hecho.
Cuando prestas tu coche, como propietario del mismo, eres civilmente responsable de los daños que cause el vehículo, aunque este sea conducido por otra persona diferente al propietario. Si la persona a la que le prestas el coche, por ejemplo, conduce bajo los efectos del alcohol y causa un accidente produciendo daños a terceros, el seguro quedará exento de indemnizar o repetirá contra el causante o propietario del vehículo por los daños indemnizados a terceros perjudicados. En este caso el seguro, si hubiera indemnizado al perjudicado, reclamará el importe de la indemnización al propietario del vehículo y al conductor del mismo de forma solidaria (solidariamente responderán Propietario y Conductor en la proporción que designe la sentencia que podrá ser proporcional a la capacidad económica de cada uno de los responsables solidarios).
Cuando cogemos un coche prestado, sucede exactamente lo mismo, por ejemplo: si cogemos el coche de un amigo, que nos lo presta y el vehículo carece de seguro obligatorio, en el caso de que tengamos un accidente y de este resulten reclamaciones por daños causados a terceros, los responsables de los daños serán el propietario del vehículo por no tener contratado el seguro obligatorio y el conductor por conducir un vehículo que no cumple la normativa. Como en el ejemplo anterior, ambos responderán de forma solidaria ante los perjuicios causados al tercero demandante